24/06/2005 | Declaración Pública
El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires se ve obligado, nuevamente, a señalar, como consecuencia del último fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarando inconstitucionales las leyes de amnistía llamadas de obediencia debida y punto final, que habían sido analizadas y aplicadas por los tribunales de justicia, incluso por fallo de la Corte Suprema que convalidó su vigencia, que no hay tratado internacional alguno que posibilite jurídicamente aplicar leyes penales retroactivamente, quitar el beneficio otorgado por leyes de amnistía a los imputados y dejar sin efecto el principio de cosa juzgada, todos derechos y garantías reconocidos en la primera parte de la Constitución Nacional (ver arts. 27 y 75, inc. 22 de la Constitución Nacional).
Debe preocupar seriamente que se vulneren derechos adquiridos lo cual, obviamente, lesiona las garantías individuales y el estado de derecho.
COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
1 de junio de 2026
28 de mayo de 2026
21 de mayo de 2026
20 de mayo de 2026
14 de mayo de 2026
5 de mayo de 2026
30 de abril de 2026
29 de abril de 2026